El 30 de marzo de 1989 se decide la constitución de la sociedad mixta PARQUE MARITIMO, S.A. (PAMARSA) entre el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz (con el 51 % de las acciones) y la Empresa Nacional Mercasa (con el 49 %).
Ya en el año 1992, el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, acuerda la transformación del modelo de gestión y la convierte en una Empresa Pública Municipal, al asumir la gestión directa de una serie de servicios e instalaciones municipales. Para ello, el Ayuntamiento adquirió a MERCASA las acciones que poseía, teniendo por tanto el 100 % de las mismas. El Capital Social de la empresa, 210 millones de pesetas (34.941.060,00 €) quedó desde ese momento íntegramente suscrito por el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.PAMARSA dejó de ser una empresa mixta y se convirtió en una empresa pública municipal.
Tras diversos cambios en su objeto social en estos últimos años, en la actualidad la empresa tiene como objeto:
Ya en el año 1992, el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, acuerda la transformación del modelo de gestión y la convierte en una Empresa Pública Municipal, al asumir la gestión directa de una serie de servicios e instalaciones municipales. Para ello, el Ayuntamiento adquirió a MERCASA las acciones que poseía, teniendo por tanto el 100 % de las mismas. El Capital Social de la empresa, 210 millones de pesetas (34.941.060,00 €) quedó desde ese momento íntegramente suscrito por el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.PAMARSA dejó de ser una empresa mixta y se convirtió en una empresa pública municipal.
Tras diversos cambios en su objeto social en estos últimos años, en la actualidad la empresa tiene como objeto:
"La Sociedad tendrá por objeto la explotación económica, prestación de servicios y mantenimiento de las siguientes instalaciones:
- Aparcamientos de la Plaza de Europa y dependencias anexas.
- Aparcamientos de San Felipe – El Tejar (Bajos de la Iglesia Nuestra Sra. de Los Dolores).
- Aparcamientos de la Estación de Guaguas.
- Aparcamientos del Centro Comercial San Felipe- El Tejar (Mercado Municipal).
- Otros aparcamientos que pueda encomendarle la Corporación Municipal.
- Servicios de Salvamento y Socorrismo.
- Servicios de vigilancia, limpieza, mantenimiento, conservación y jardinería.
- Servicios de restauración (bares y cafeterías) en instalaciones municipales.
2.- La Corporación Municipal podrá encomendar a Parque Marítimo, S.A., que tendrá la consideración de medio propio y servicio técnico del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, la gestión de otros servicios, actividades y derechos, así como la explotación económica de las instalaciones de naturaleza análogas a las que se señalan en el apartado precedente. La asunción de estas actividades o servicios por Parque Marítimo, S.A. deberá ser objeto de acuerdo por la Junta de Accionistas y ser inscrita en el Registro Mercantil.
3.- En la ejecución de actividades propias del objeto social, la entidad mercantil Parque Marítimo, S.A. deberá guiarse por los principios de eficiencia y subordinación al mejor servicio de los intereses de la población; deberá cumplir también las disposiciones que, en cada caso, sean aplicables, así como las instrucciones que establezca la Corporación titular y, en su caso, atenerse a las limitaciones y requisitos que se deriven de los derechos que le sean encomendados”.
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