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ACUERDO DE DISOLUCIÓN

El Excmo. Ayto. en Pleno reunido en sesión ordinaria el pasado día 17 de diciembre de 2012, acordó entre otros, el siguiente punto:


ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL PARQUE MARÍTIMO, S.A. (PAMARSA) Y POSTERIOR PROCESO DE LIQUIDACIÓN.

El Excmo. Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, en la sesión ordinaria del Pleno celebrada el 30 de marzo de 2012, aprobó el Plan de Ajuste en el marco del Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, en cuya memoria explicativa se proponía disolver esta sociedad municipal al concurrir la causa  prevista en el artículo 363 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la obtención de pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del Capital social)

En ejecución de dicho acuerdo el Pleno de la Corporación municipal en su sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2012 acordó iniciar el procedimiento de disolución y posterior liquidación de la empresa pública municipal PARQUE MARÍTIMO, S.A. (PAMARSA).

De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos de esta sociedad: “Al adoptarse el acuerdo de disolución, la Junta General, previa propuesta del Consejo de Administración, regulará con todo detalle la forma de llevar a efecto la liquidación, con pleno respeto a los derechos de terceros”. Por ello resulta necesario que con carácter previo al acuerdo de disolución de esta Junta, por parte del Consejo de Administración se formule propuesta sobre la forma de llevar a cabo el proceso de liquidación que se abre con dicho acuerdo.

En atención a lo anteriormente expuesto PROPONGO:

        Primero.- Iniciar el proceso de disolución de esta sociedad PARQUE MARÍTIMO, S.A. (PAMARSA), instando, a tales efectos, al Consejo de Administración de la empresa a que formule la propuesta detallada de la forma de llevar a cabo el procedimiento de liquidación.

        Segundo.- Dar cuenta de este acuerdo a la Consejo de Administración y el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.

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